Por Carolina Corral
Jefe de la Biblioteca de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Palabras clave: clases virtuales, derechos de autor, UNED
Los profesores universitarios pueden compartir sus publicaciones y el contenido de otras personas en las aulas virtuales, en estricto cumplimiento de los derechos de autor. Estos pueden ser de tres tipos:
- Recursos con derechos de autor, en las condiciones establecidas en el artículo 32.4 de la Ley de Propiedad Intelectual.
- Recursos de acceso abierto.
- Colecciones basadas en suscripciones a bibliotecas.
recursos con derechos de autor
La difusión de publicaciones con derechos de autor en las aulas virtuales es posible en determinadas circunstancias, de acuerdo con la ley de propiedad intelectual y el acuerdo suscrito entre CRUE, CEDRO y VEGAP.

De acuerdo a sección 32.4 desde Ley 21/2014, de 4 de noviembreLos docentes no necesitarán autorización del autor o editor para la reproducción, distribución y comunicación pública de fragmentos de obras o publicaciones, siempre que se cumplan estas condiciones:
- Está hecho con fines educativos y de investigación.
- Ya sea como máximo un capítulo de libro, un artículo de revista o el 10% del trabajo total.
- Si esta comunicación pública tiene lugar en universidades o centros públicos de investigación.
- Que los ejemplares se distribuyan exclusivamente a estudiantes y desplazados internos. Se especifica que el acceso a estas copias es a través de redes internas y cerradas o como parte de un programa de aprendizaje a distancia (es decir, a través de aulas virtuales).
A cambio, los autores y editores tienen derecho a recibir una retribución justa de los centros, efectiva a través de las entidades gestoras.
Con base en lo dispuesto en este artículo de la LPI, las universidades pagan una remuneración a CEDRO-VEGAP. Los profesores de las universidades que han firmado este contrato pueden descargar en las aulas virtuales las disposiciones:
- incluso un capítulo del mismo libro
- 10% de las páginas del mismo libro
- un articulo de revista
Así, el docente puede realizar la previa digitalización de las obras sin necesidad de solicitar autorización.
En ambos casos, es necesario hacer referencia completa al artículo o capítulo que se comparte para identificar correctamente los datos de la publicación y la autoría, de acuerdo con el estilo de publicación preferido para citar y referenciar.
Recursos de acceso abierto
Las obras en acceso abierto se pueden descargar en las aulas virtuales. Un recurso se considera de acceso abierto cuando es de dominio público o se publica bajo una licencia abierta.
las obras en dominio publico Son aquellos cuyos derechos de explotación han caducado y, por tanto, pueden ser utilizados libremente por cualquier persona siempre que se respete la autoría e integridad de la obra. En España, por regla general, las obras pasan al dominio público 70 años después de la muerte de su autor. Las condiciones de protección de los derechos de autor varían de un país a otro. El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, adoptado en 1886, establece el plazo mínimo de protección en 50 años.
El as licencias abiertas Han surgido para proteger al autor, especialmente en el contexto de entornos web donde el contenido se puede copiar y compartir fácilmente. Los más conocidos y populares son Licencias Creative Commons (CC). Garantizan que los autores conservan el reconocimiento de su obra, la paternidad, cediendo otros derechos autorizando la compartición, la adaptación, la restricción o no de la actividad comercial de su obra. Si desea descargar una obra con licencia CC en el aula, debe considerar el tipo de licencia para cumplir con las condiciones bajo las cuales se lanzó la obra.
Colecciones basadas en suscripciones a bibliotecas
También es posible integrar recursos suscritos por la biblioteca como revistas, videos, bases de datos y otros materiales al aula virtual. En estos casos, es preferible hacerlo compartiendo el enlace web accesible mediante identificación en el Campus Virtual, ya que se trata de recursos con autorización o licencia reservada a la Comunidad Universitaria.
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